29 de Mayo Día del Adulto Mayor en Venezuela

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CRN || Migdalia Fort
29/05/2017 || 12:06m

Cada 29 de Mayo se celebra el Día del Adulto Mayor en Venezuela, fecha conmemorativa dedicada a los abuelos de cada familia. Este día sirve de cita para recordar a estos seres que en su mayoría llenan de cariño, sabiduría y amor, la vida de cada quien, compartiendo sus anécdotas y experiencias.

A nivel internacional existe una celebración promovida por la ONU que recuerda a las personas mayores en general: el Día Internacional de las Personas de Edad.  Por esto y más felicitaciones a los abuelos y abuelas que día a día llenan de conocimientos a los que los rodean, no solo hoy, también los 365 días del año.

El 29 de mayo se celebra en Venezuela el día del Adulto Mayor, mientras que en la mayoría de los países esa jornada se efectúa el 1 de Octubre, por resolución de las Naciones Unidas.

El cambio de denominación, de anciano a persona adulta mayor, es el producto de las Resoluciones de Congresos Internacionales.
El 23 de noviembre de 1949 es creado el Patronato Nacional de Ancianos e Inválidos (PANAI), adscrito al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, cuya misión se refiere a la atención de los ancianos y a los minusválidos (ahora personas con discapacidad). Posteriormente se transformó en el Instituto Nacional de Geriatría y Gerontología (INAGER).

El INAGER es sustituido por el Instituto Nacional de Servicios Sociales (INASS), regido por la Ley de Servicios Sociales que en su contenido amplia la cobertura de la previsión social a amplios sectores de la sociedad que se encuentran en "estado de necesidad", es decir, no sólo a los adultos mayores sino también a los grupos vulnerables de la sociedad, como lo son las personas con discapacidad, indígenas, niños en estado de abandono.

El INASS administra los geriátricos, entre ellos el Joaquín Quintero Quintero, ubicado en la Parroquia Caricuao de Caracas, en el cual se alojan más de 350 personas adultas mayores y tiene la obligación de supervisar los centros privados.


La política y estructura del organismo rector de previsión social no permite aplicar el contenido universal y solidario de la norma constitucional y la ley que lo rige. Esa es una materia pendiente de la política social.

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